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Díaz y Montero cambian la misma ley dos veces en un día y el BOE no sabe ahora cuál está en vigor

Podemos Irene Montero
Yolanda Díaz e Irene Montero. (Foto: EP)
Gonzaga Durán

El Ministerio de Igualdad de Irene Montero y el Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz modificaron dos veces el artículo de una ley el mismo día. Y ahora el BOE no sabe cuál de los textos legales está en vigor. Montero aseguró esta semana que llamar «inútiles» a las ministras era «violencia política contra las mujeres».

Se trata de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), que desde el pasado 28 de febrero cuenta con dos redacciones distintas y, por el momento, igualmente válidas hasta que se pronuncie el legislador y se apruebe una versión definitiva del texto.

El artículo repetido en concreto es el 16.1 letra c. En este apartado se tipifica las infracciones muy graves de las empresas, las agencias de colocación o de las entidades de formación, en concreto la de aquellas que soliciten cualquier dato de carácter personal en un proceso de selección de personal, colocación o intermediación, o establezcan condiciones discriminatorias para dichos procesos, según revela La Voz de Galicia. Esta anomalía fue denunciada por el abogado laboralista Robert Gutiérrez.

El apartado de la ley en cuestión.

«Se muestran ambas redacciones», recoge el BOE. Ese mismo día se publicaron en el Boletín Oficial del Estado dos normas: la Ley de Empleo del Ministerio de Yolanda Díaz y la Ley Trans del Ministerio de Montero. La Ley Trans incluía una disposición que modificaba un mismo apartado de la la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). No existe un criterio cronológico para derogar uno de los dos apartados.

Las dos redacciones

El apartado c es el que se repite. «Solicitar datos de carácter personal en cualquier proceso de intermediación o colocación o establecer condiciones, mediante la publicidad, difusión o por cualquier otro medio, que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de edad, sexo, discapacidad, salud, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales, nacionalidad, origen racial o étnico, religión o creencias, opinión política, afiliación sindical, así como por razón de lengua, dentro del Estado español, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social», aparece en primer lugar. Se trata del párrafo que redactó el Ministerio de Yolanda Díaz.

En segundo lugar, aparece la siguiente disposición: «Solicitar datos de carácter personal en los procesos de selección o establecer condiciones, mediante la publicidad, difusión o por cualquier otro medio, que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de sexo, origen, incluido el racial o étnico, edad, estado civil, discapacidad, religión o convicciones, opinión política, orientación e identidad sexual, expresión de género, características sexuales, afiliación sindical, condición social y lengua dentro del Estado». Se trata del apartado elaborado por el Ministerio de Irene Montero.

Robert Gutiérrez recalca que «no es un asunto baladí», puesto que el Ministerio de Trabajo «establece como infracción administrativa establecer condiciones que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos, entre otros, de salud», mientras que el Ministerio de Igualdad optó por eliminar la mención a la salud.

Los juristas recalcan que el Gobierno de Pedro Sánchez tendrá que volver a legislar para evitar la duplicidad en la ley, y así dar una de las dos versiones por válida. El Ejecutivo lo deberá hacer mediante decreto o a través de otra fórmula legal para zanjar una redacción definitiva.

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